Artículo compilado y comentado por: Especialista Max cáceda
Tal como lo comentamos en el post anterior, sobre los derechos laborales
para las madres gestantes. Hoy 10 de marzo 2016 entra en vigencia en nuestro
país el nuevo periodo de licencia por maternidad, que ya
no será de 90 días sino de 98. Ello, luego de que se modificara el reglamento de la Ley 26644, que
establece el cambio en el goce del derecho del descanso prenatal y posnatal de
la trabajadora gestante.
El nuevo régimen establece 49 días de descanso prenatal y 49 días de
descanso postnatal (hasta ahora era de 45 días en cada caso). En caso de que la
gestante decida ampliar su descanso posnatal de 49 días naturales, este se
iniciará el día del parto y se incrementará con el número de días de prenatal
diferido, tal como sucede ahora con el periodo de 90 días.
La Madre Trabajadora asegurada debe contar con tres meses consecutivos
de aportaciones o cuatro no consecutivos dentro de los seis meses anteriores al
mes en que se inicia el goce del subsidio. En caso de existir nacimiento múltiple o nacimiento de niños con
discapacidad el subsidio por maternidad se extiende por 30 días
adicionales.
ahora en lo referente al subsidio por maternidad, este se otorgará en
dinero con el objeto de resarcir el lucro cesante como consecuencia del
alumbramiento y de las necesidades de cuidado del recién nacido.
Esperamos tus comentarios.
Hasta la próxima.
Consultor
Corporativo
Max Cáceda
Fuente:
Ley 26644
MTPE
Diario Gestión / Diario el Comercio