lunes, 16 de junio de 2014

Legalización de Libros & Registros Contables Vinculados a Asuntos Tributarios

ESTIMADOS EMPRENDEDORES:
EL ESTUDIO CONTABLE CÁCEDA & ASOCIADOS continuando con nuestra misión de actualizarte te brinda en esta oportunidad los asuntos que debes tener en cuenta en la Legalización de los Libros y Registros Contables vinculados a Asuntos Tributarios.



Los libros y registros vinculados a asuntos tributarios serán legalizados por los notarios o, a falta de éstos, por los jueces de paz letrados o jueces de paz, cuando corresponda, de la provincia en la que se encuentre ubicado el domicilio fiscal del deudor tributario.
Tratándose de las provincias de Lima y Callao, la legalización podrá ser efectuada por los notarios o jueces de cualquiera de dichas provincias.



Los notarios o jueces, según corresponda, colocarán una constancia en la primera hoja de los mismos y procederán a sellar todas las hojas del libro o registro, las mismas que deberán estar debidamente foliadas por cada libro o registro, incluso cuando se lleven utilizando hojas sueltas o continuas.



Tanto los notarios como los jueces llevarán un registro cronológico de las legalizaciones que otorguen.



Importante:



La autorización del Libro de Planillas será de acuerdo a lo dispuesto por el Decreto Supremo N° 001-98-TR y normas modificatorias.

Contenido de la constancia
La constancia a ser colocada en la primera hoja de los libros y registros vinculados a asuntos tributarios contaran con la siguiente información:
• Número de legalización asignado por el notario o juez, según sea el caso;
• Apellidos y Nombres, Denominación o Razón Social del deudor tributario, según sea el caso;
• Número de RUC;
• Denominación del libro o registro;
• Fecha de la incautación del libro o registro anterior de la misma denominación y la autoridad que ordeno la diligencia de ser el caso;
• Número de folios de que consta;
• Fecha y lugar en que se otorga; y,
• Sello y firma del notario o juez, según sea el caso.



Registro de las legalizaciones
En el registro cronológico de las legalizaciones que se otorguen se indicará:
• El número de la legalización.
• Los Apellidos y Nombres, Denominación o Razón Social del deudor tributario.
• El número de RUC.
• La denominación del libro o registro que se ha legalizado.
• Fecha de la incautación del libro o registro anterior de la misma denominación y la autoridad que ordeno la diligencia de ser el caso.
• El número de folios de que consta.
• La fecha en que se otorga la legalización.



En ningún caso el número de legalización, folios o de registros podrá contener adicionalmente caracteres distintos, tales como letras.
Oportunidad de la legalización
Los libros y registros deberán ser legalizados antes de su uso, incluso cuando sean llevados en hojas sueltas o continuas.



Para la legalización del segundo y siguientes libros y registros, de una misma denominación, se deberá tener en cuenta:
• Tratándose de libros o registros llevados en forma manual, se deberá acreditar que se ha concluido con el anterior. Dicha acreditación se efectuará con la presentación del libro o registro anterior concluido o fotocopia legalizada por notario del folio donde conste la legalización y del último folio del mencionado libro o registro.
• Tratándose de libros o registros que se lleven utilizando hojas sueltas o continuas, se deberá presentar el último folio legalizado por notario del libro o registro anterior.
• Tratándose de libros y registros perdidos o destruidos por siniestro, asalto u otros, se deberá presentar la comunicación que se ha establecido para ese efecto.
Importante:
Tratándose del libro de planillas, la legalización se regirá por lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 001-98-TR y normas modificatorias.



Los libros o registros llevados en forma manual que hubieran sido incautados por autoridad competente, bastará para la legalización del segundo y siguientes libros y registros, la presentación del documento en el que conste la referida diligencia.



De producirse, de ser el caso, la devolución de los libros o registros incautados a que se refiere el párrafo anterior, el deudor tributario no podrá realizarse en ellos anotación alguna debiendo procederse a su cierre inmediato

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lunes, 21 de abril de 2014

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martes, 4 de marzo de 2014

Impuesto a la renta Para Independientes 2014


Artículo Preparado Por: Especialista  Max Cáceda
Los trabajadores independientes (Cuarta Categoría) que emiten recibos por honorarios y perciban ingresos mensuales que no superen los S/.2,771 no estarán afectos a la retención y/o pagos a cuenta del Impuesto a la Renta (IR), según la Resolución de Superintendencia de la SUNAT N° 373-2013, publicada recientemente en el diario oficial El Peruano.
De esta manera, los contribuyentes que reciban, exclusivamente, ingresos de Cuarta Categoría podrán iniciar el trámite ante el ente recaudador para solicitar la suspensión de retenciones y/o pagos a cuenta del Impuesto a la Renta.
La norma también señala que quienes proyecten que sus ingresos, durante el 2014, no superarán los S/.33,250, podrán solicitar la citada suspensión. Hay que indicar que estos montos han sido actualizados, considerando que la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) para este año es de S/.3,800.
Para realizar dicho trámite, el contribuyente deberá ingresar al portal de la SUNAT www.sunat.gob.pe y acceder con su “Clave SOL” a “SUNAT Operaciones en Línea”, módulo donde podrá ubicar el Formulario Virtual N° 1609. Tras colocar la información solicitada y previa validación de los datos, se podrá imprimir la “Constancia de Autorización” de suspensión, que tiene vigencia hasta el 31 de diciembre del 2014.
Es necesario precisar que si en un determinado mes se perciben rentas que superan los montos antes señalados, los contribuyentes deberán declarar y efectuar el pago a cuenta del Impuesto a la Renta por la totalidad de los ingresos de Cuarta Categoría que obtenga en el referido periodo.

Hasta La Próxima.
www.asesorescorporativos.es.tl




 

sábado, 22 de febrero de 2014

SINCEREMOS CIFRAS " LAS MYPES HOY"


Artículo  preparado por : Especialista  Max Cáceda.
En Gamarra hay aproximadamente más de 20 mil negocios, emplean 60 mil trabajadores, generan alrededor de 800 millones de dólares por año y producen el 60% del comercio textil y de la manufactura del país.


Según la viceministra de Mypes e Industria, Gladys Triveño, menos del 30% de las empresas del conocido emporio comercial cuentan con todos los requisitos formales para operar.( más del 70% de informalidad a vista de todos). “A nivel nacional, solo el 27% de las mypes son formales, y si hablamos del centro de lima , el 49% de negocios en el emporio del centro de Lima no tiene licencia, mientras que en Gamarra la situación es similar en un 40%. Donde El Valor del metro cuadrado en estos emporios podría subir hasta US$35.000. Si se hacen desarrollos inmobiliarios. Ni en la zona más top de lima existen costos similares.

Actualmente hay 800 mil personas con actividad económica pero no tienen RUC. Se estima hay alrededor de 42.000 contribuyentes inscritos, pero que no presentan sus declaraciones de Impuesto a la Renta e Impuesto General a las Ventas (IGV), a pesar de que tienen la obligación de hacerlo.

Según cifras del Ministerio de la Producción (Produce), en el Perú ocho de cada diez empresas son consideradas Mypes las que constituyen el 98,6% de las empresas en el país, generan el 77% del empleo anual y representan el 42% del producto bruto interno nacional. El 80% de estas empresas constituidas fracasan antes de cumplir un año sobreviviendo sólo un 20% en el mercado local.

En el 2012 se logró una recaudación tributaria récord de S/. 84.146, mil mills, Sunat estimo recaudar más de S/. 93 mil mills en el 2013. Para este año la meta para la Jefa de la Sunat, es ampliar la base tributaria mediante el cierre de diversas brechas de incumplimiento y a la vez aumentar la recaudación en otros sectores para compensar el impacto negativo que tendrá la minería.

La Sunat tiene un ambicioso plan para reducir la informalidad, combatir la evasión tributaria y detectar las modalidades a las que recurren los contribuyentes para no pagar impuestos. Se espera formalizar al 95% de los polos comerciales más emblemáticos, que agrupan 25.300 negocios, mediante la intervención en 250 puntos del país, como Polvos Azules, Gamarra y el Mercado Central. Teniendo como meta la Sunat logrará ampliar la base tributaria a 18% del PBI en el 2016.

Ahora si hablo de las capacitaciones en las “Mypes”, Los pequeños empresarios no cuentan con asesores y dicen, no tienen el dinero para afrontar dicho gastos. Graso error, Cuando los asesores no son gastos, si no fuente generadora de rendimiento, rentabilidad y proyección futura. La mayoría de las Mypes no están capacitadas, lo cual limita su participación en el mercado. Por ello se recomienda que el emprendedor se debe de juntar con el Estado, para desarrollar una política de "Gestión de Clase Mundial", con una capacitación adecuada para todos sus integrantes para enfrentar con éxito y aprovechar al máximo los beneficios del libre comercio y de los tratados vigentes enmarcándonos en un mercado internacional, cada vez más globalizado.

Este año la meta es ampliar la base tributaria mediante el cierre de diversas brechas de incumplimiento y a la vez aumentar la recaudación en otros sectores para compensar el impacto negativo que tendrá la minería.

Fuente :
Diario Gestión
Diario el comercio
www.sunat.gob.pe

viernes, 14 de febrero de 2014

OPORTUNIDADES LABORALES CONVOCATORIAS SUNAT 2014








ESTIMADOS AMIGOS:
CEMPREPRO Te informa que SUNAT esta efectuando la Convocatoria CAT Para su base de datos. En esta oportunidad existen 2 tipos de requerimiento
1 PRÁCTICAS PRE PROFESIONALES
2 CAPACITACIÓN LABORAL JUVENIL
La Superintendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT, requiere para su Base de Datos de Recursos Potenciales, a estudiantes y egresados universitarios y de institutos superiores, para que desarrollen prácticas pre profesionales y profesionales, mediante convenio de acuerdo a Ley, Así como también requiere jóvenes entre 16 y 22 años de edad, que hayan culminado la secundaria o truncado sus estudios superiores, para que desarrollen labores de apoyo administrativo, mediante convenio de acuerdo a Ley en la oportunidad que la Institución lo requiera, para las diferentes sedes de Lima.

PERFILES  PRACTICAS PRE PROFESIONALES:
Perfil 1: Practicante Pre-Profesional
Perfil 2: Practicante Profesional

Requisitos Perfil 1: Practicante Pre-Profesional
Estudiantes universitarios y/o de institutos superiores, de las especialidades de Derecho, Contabilidad, Administración, Economía, Negocios Internacionales, Traducción, Ingeniería de Sistemas, Ingeniería Industrial, Ciencias de la Comunicación y afines.
No tener antecedentes penales ni judiciales.
Disponibilidad para realizar prácticas durante 30 horas semanales.

Requisitos Perfil 2: Practicante Profesional
Egresados universitarios y/o de institutos superiores, de las especialidades de Derecho, Contabilidad, Administración, Economía, Negocios Internacionales, Traducción, Ingeniería de Sistemas, Ingeniería Industrial, Ciencias de la Comunicación y afines.
No tener antecedentes penales ni judiciales.
Disponibilidad para realizar prácticas durante 40 horas semanales.
Competencias a considerar para Ambos perfiles (Perfil 1, Perfil 2):

Actitud Proactiva
Capacidad de aprendizaje
Capacidad para comunicarse y transmitir ideas
Sentido de Responsabilidad
Valores Morales
Capacidad para trabajar en equipo

PERFIL CAPACITACION LABORAL JUVENIL:
Jóvenes entre 16 y 22 años de edad
Con estudios secundarios concluidos o superiores truncos.
No tener antecedentes penales ni judiciales.
Disponibilidad para realizar labores durante 40 horas semanales en caso de ser mayor de edad ó 30 horas semanales, para los menores de edad.
Competencias a considerar

Actitud Proactiva
Capacidad de aprendizaje
Capacidad para comunicarse y transmitir ideas
Sentido de Responsabilidad
Valores Morales
Capacidad para trabajar en equipo

Los postulantes que reúnan los requisitos anteriormente mencionados, podrán inscribirse en www.sunat.gob.pe
La personas Aptas para participar de algún proceso de selección, serán llamadas directamente.

Con la Pasión que nos caracteriza.


Gerencia de Capacitación
CEMPREPRO
(01) 7911185     (511) 999432428     Rpc 940395655  Rpm  956197868
cemprepro@hotmail.com


 
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