Una medida favorable para las pequeñas empresas.
Desde el 28 de enero la SUNAT ya no sanciona a aquellos contribuyentes que no
presenten sus declaraciones o las presenten fuera de plazo. Así lo dispone la
Resolución de Superintendencia Nacional Operativa N° 006-2016-SUNAT/60000.
Al respecto, la Superintendencia Nacional de Aduanas y de
Administración Tributaria (Sunat)
anunció que desde el 28 de enero del 2016 ya no se sanciona con multas a las
pequeñas empresas, cuyas importe de ventas o compras, por cada uno de ellos, no
supere los S/ 1,975, y que no presenten sus declaraciones o las presenten fuera
de plazo.
Indicó que una vez
detectada dicha infracción, la Sunat notificará al contribuyente una esquela de
omiso, otorgándole un plazo para que cumpla con la presentación de las
declaraciones o comunicaciones requeridas.
Hasta antes de esta disposición, la
Sunat imponía la misma multa a todos los contribuyentes, sin tomar en
consideración el nivel de sus compras o de sus ventas. En ocasiones los
pequeños contribuyentes pagaban multas que superaban sus ingresos.
En los dos últimos años se han
aplicado este tipo de sanciones a cerca de 200 mil contribuyentes.
Los contribuyentes
beneficiados son los que se encuentran en las siguientes situaciones:
1. Omiten presentar las
declaraciones debido a que no han iniciado actividades económicas (compras ni
ventas) o porque las han suspendido temporalmente.
2. Solicitan autorización de impresión
de comprobantes de pago pero no inician actividades económicas que generen
ingresos.
3. Omiten presentar la
declaración jurada anual del Impuesto a la Renta cuando la inscripción la
realizan en los últimos meses del año.
4. Presentan hasta 6 ó 12
declaraciones en fecha posterior al vencimiento con importes cero, a fin de
registrar la reactivación del RUC.
Por otra parte, la Sunat
mencionó que también se busca beneficiar a aquellos pequeños contribuyentes en
actividad, cuyos ingresos no superen la media UIT y
que incurran en estas infracciones.
“Con esta medida se trata de
evitar que las multas perjudiquen al sector de pequeños contribuyentes
afectando al objetivo institucional de fomentar la formalización”, enfatizó.
Agregó que la eliminación de
estas sanciones se efectuará, incluso, a las infracciones cometidas o
detectadas con anterioridad a la fecha de vigencia de la resolución cuando la
resolución de multa no ha sido emitida o habiéndose emitido aún no ha sido
notificada.
La resolución forma parte del
cambio institucional que viene ejecutando la administración tributaria y
aduanera para ofrecer servicios de calidad a los contribuyentes y favorecer la
formalización.
Fuente:
Diario Gestión
RPP Noticias
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